Cecilia Guerrero, presidenta del bloque de diputados provinciales del FPV-PJ, presentó en la Cámara baja un proyecto de Declaración de Repudio a dos decretos emitidos por el Poder Ejecutivo Nacional, a cargo del Presidente Mauricio Macri, por medio de los cuales se autoriza endeudamiento externo y que pondrían en riesgo los recursos mineros y energéticos de Catamarca.
En los fundamentos de la iniciativa, Guerrero señala que el pasado 11 de enero el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 29/2017, mediante el cual facultó al Ministerio de Finanzas a un endeudamiento por la suma 20 mil millones de dólares, y a incluir cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales estaduales y federales de la ciudad de Nueva York y/o de los de Londres, y disponer la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana exclusivamente respecto a reclamos que pudieran producir en la jurisdicción que se prorrogue y con relación a acuerdos que se suscriban y a las emisiones de deuda pública que se realicen con cargo al referido decreto.
A su vez, indica que «si bien excluye determinados bienes de la posibilidad de ejecución relacionada con la renuncia de la defensa de inmunidad, no es menos cierto que no ha incluido dentro de los bienes que quedan excluidos de la renuncia de oponer la defensa de inmunidad soberana con relación a la ejecución de otros bienes que pueden resultar afectados al aval de la deuda externa y que pueden perjudicar seriamente los derechos, intereses o bienes de la Provincia de Catamarca y de otras Provincias argentinas”.
«Es así que los recursos hidrocarburíferos, el litio y otros minerales estratégicos y las empresas del Estado quedaron fuera de la protección de inmunidad soberana contemplada en las emisiones de deuda externa y, en consecuencia, quedaron a expensas de resultar pasibles de embargo y ejecución en la eventualidad de un diferendo legal con quienes fueran acreedores externos de la República Argentina”, advierte Guerrero.
De acuerdo con la diputada, «el acto administrativo dictado por el Poder Ejecutivo Nacional ha dejado al margen el principio de inmunidad soberana con respecto a los bienes mencionados en el artículo 236 del Código Civil, que son bienes privados del Estado Nacional, provincial o municipal. Entre los bienes contemplados en la referida disposición del citado ordenamiento sustancial, se encuentran las minas de oro, plata, cobre, piedras preciosas, sustancias fósiles y toda otra de interés similar, según lo normado por el Código de Minería, y los bienes adquiridos por el Estado Nacional, provincial o municipal por cualquier título”.
En consecuencia, «la gravedad de la omisión de excluir estos recursos naturales y mineros de la posibilidad de embargo y ejecución ante eventuales acciones de acreedores externos, emerge manifiesta y lesiona, con consecuencias imprevisibles, los derechos de la Provincia de Catamarca, entendida ésta como una jurisdicción de claro perfil minero, y cuyas posibilidades de crecimiento económico sustentable se encuentran directamente relacionada al desarrollo de la actividad minera”, añade.
Además, Cecilia Guerrero apuntó que el 5 de abril del corriente año, el Presidente de la Nación dictó el Decreto N° 231, por el cual autoriza un nuevo endeudamiento externo por hasta la suma de 3 mil millones de francos suizos, «y al igual que en el caso anterior, faculta a incluir cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales arbitrales y judiciales con sede en la Confederación Suiza, y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana respecto a los reclamos que pudieran producirse en dicha jurisdicción. Y entre los bienes que sustrae de la posibilidad de embargo y ejecución por parte de los posibles acreedores externos, no ha incluido a los bienes mencionados en el artículo 236 del Código Civil. Con lo cual el riego de afectación de los recursos mineros catamarqueños al pago de la deuda externa, es idéntico al creado por el Decreto N° 29/2017 antes cuestionado”.
En ese sentido, la legisladora provincial recuerda en proyecto legislativo presentado que «el artículo 124° in fine de la Constitución de la Nación Argentina prescribe con meridiana claridad que ‘…corresponde a las Provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio’. Y Catamarca ha incluido en su Constitución Provincial normas específicas que reivindican para si el dominio de los minerales y de las fuentes naturales de energía (arts. 66°, 67° y 68° de la C.P.)”.
«La defensa irrestricta de los derechos y recursos naturales de la Provincia de Catamarca, que no son otros que los del Pueblo que representamos, debe nuclearnos a todos en una sola voz y en una misma causa común, para preservar el futuro de las nuevas generaciones de catamarqueños”, enfatiza Guerrero en los fundamentos de la iniciativa presentada.
cecilia guerrero, diputada cecilia guerrero, diputados catamarca, diputados catamarcaPor ello, en el articulado de la misma la presidenta del bloque de diputados del FPV-PJ pide a sus pares que se declare «la profunda preocupación y repudio de esta Cámara de Diputados por el dictado de los Decretos N°29/2017 y 231/2017, por comprometer los mismos, al pago de la deuda externa, recursos naturales que son del dominio originario de la Provincia de Catamarca”.
Y agrega la importancia de «expresar el anhelo de que los Sres. Senadores y Diputados Nacionales que representan a la Provincia y Pueblo de Catamarca ante el Congreso Nacional, arbitren los medios institucionales a su alcance para enervar los efectos que dichas normas podrían ocasionar a los intereses de la Provincia de Catamarca en materia de recursos naturales”.