Con más de 500 horas de vídeos subidas cada minuto a YouTube y 100.000 millones de horas de vídeo visualizadas cada día, según datos de la propia compañía, es normal que los youtubers sean un auténtico fenómeno. AuronPlay, Vegetta777 y El Rubius se encuentran entre los treinta canales de YouTube con más suscriptores del mundo y se han convertido en verdaderas referencias del panorama cultural español.

Pero YouTube no es la única plataforma de contenidos que pueden usar los streamers. Durante los últimos años, Twitch se ha consolidado como uno de los gigantes del streaming con más de 17,5 millones de usuarios activos según datos de la compañía. Desde el contenido que generan, pasando por el número de seguidores y las visualizaciones, se puede encontrar creadores de todo tipo.

De esta forma, estos medios online han permitido a jóvenes de todo el mundo convertirse en profesionales, a veces de forma casi inconsciente. Para empezar a ganar dinero en YouTube se requiere tener, como mínimo, 1.000 suscriptores y 4.000 horas de visualización. A partir de ahí, los youtubers pasan al programa de partners, donde generan ingresos con anuncios y suscripciones además de patrocinios.

La monetización en Twitch tiene dos vertientes. La primera es el programa de afiliados, por el que se debe transmitir al menos 8 horas de vídeo en los últimos 30 días, tener una media de 3 espectadores por transmisión, contar con 50 seguidores y transmitir como mínimo 7 días de los últimos 30. La segunda vertiente es el programa de partners, que requiere una audiencia simultánea de 500 usuarios como mínimo de media, así como retransmisiones regulares al menos 3 veces por semana y la generación de contenido de calidad.

Las empresas, viendo las audiencias que amasan estos creadores de contenido suelen mostrar su interés por colaborar con el streamer, pero este tipo de colaboraciones y regalos deben ser declarados, por lo que es habitual que surjan dudas sobre cómo tributar los beneficios de este tipo de plataformas.

En vista de esta situación, los expertos fiscales de TaxScouts, plataforma que simplifica la presentación de impuestos proporcionando un asesor fiscal personal a sus usuarios, nos presentan la guía tributaria definitiva para streamers.

Pequeños streamers: ¿deben darse de alta cómo autónomo o hacer la declaración de la renta?

Aunque la figura del youtuber y su actividad económica ya están consolidadas, plataformas como Twitch ofrecen a los creadores de contenido un espacio nuevo en el que plasmar su creatividad. Son muchos los streamers que comienzan su carrera porque disfrutan creando contenido y poco a poco se ha ido consolidando como una actividad profesional, que implica una serie de responsabilidades ante Hacienda.

Antes de empezar la actividad económica y obtener ingresos, el creador deberá darse de alta como autónomo cuando la actividad se realice de manera habitual o los ingresos superen el salario mínimo interprofesional. El alta como autónomo supondrá el pago mensual de la cuota de autónomos a la Seguridad Social, se hayan percibido o no ingresos, la declaración de los impuestos correspondientes, habitualmente presentados trimestralmente, así como la emisión de facturas por los servicios o ventas efectuados. El creador de contenido debe aplicar el IVA del 21% del importe del servicio, mientras que el IRPF se calcula en función de los ingresos obtenidos.

Para nuevos autónomos, existe una bonificación de la cuota de la Seguridad Social conocida popularmente como la tarifa plana de autónomos, lo que supondrá el pago de 60 euros en vez de los 281 euros en los demás casos.

Un canal pequeño, que pudiera contar con unos 5.000 suscriptores y una media de 3.000 visualizaciones en sus vídeos, ya podría estar generando ingresos. El IRPF que corresponderá pagar por un canal pequeño, que genere unos 300 euros al mes, sería 0, pues en este caso no se superaría el mínimo de 5.500 euros anuales que tributa a tipo 0. En las facturas habrá que retener el 7% de IRPF, pero si no se tienen otros ingresos, la declaración de la renta será a devolver.

Es posible que un “streamer pequeño” no tenga que hacer declaración de la renta, ya que en el caso de los autónomos solo es obligatorio si los ingresos superan los 1.000 euros al año. Aun así, el creador de contenido podría estar interesado en hacerla, ya que es probable que el resultado fuera una devolución.

Streamers medianos

Se podría considerar un canal mediano a aquel cuyos vídeos puedan tener una media de 100.000 visualizaciones y unos 250.000 suscriptores. En este caso, cuando los ingresos se van incrementando, a los streamers se les aplica el mismo tipo progresivo de IRPF que al resto de la población española, que varía desde el 15% al 48% dependiendo de sus ingresos anuales.

Por lo que este canal de tamaño intermedio que recibe más visualizaciones e ingresos deberá contribuir una mayor cantidad a Hacienda. Por ejemplo, si los ingresos fueran de 2.000 euros mensuales, según estimaciones de los asesores de TaxScouts, el IRPF a pagar a final de año sería de en torno al 13%. En este caso, en caso de ser nuevo autónomo, puede optarse por retener el 7% de IRPF en las facturas, en cuyo caso es probable que la declaración de la renta salga a pagar si no se han tenido muchos gastos deducibles, o retener el 15% para que salga a devolver.

Es en este momento cuando la carrera de un streamer empieza a crecer y debe tener otros aspectos en cuenta a la hora de realizar su declaración de la renta. Son muchas las marcas que pagan a los creadores de contenido con productos, no solo para que estos puedan probarlos, sino que también se les entrega como obsequio para tratar de obtener una buena review. A pesar de ello, a ojos de Hacienda, esto se considera retribución en especie, por lo que se debe declarar también ese tipo de regalos si forman parte de su retribución.

Grandes streamers

Los grandes canales de Twitch y YouTube, que cuentan con millones de suscriptores y visualizaciones como AuronPlay, Vegeta777, TheGrefg o El Rubius, también deben contribuir más a Hacienda y hacer frente a los tramos superiores del IRPF. Es por ello que algunos han decidido trasladar su residencia a Andorra. Según el artículo 4.2 del Convenio entre el Reino de España y el Principado de Andorra publicado en el BOE el 7 de diciembre de 2015, para poder realizar el cambio de residencia fiscal, el contribuyente debe tener en su lugar de destino su domicilio único, trasladarse con su pareja e hijos en el caso de tenerlos y residir un mínimo de 183 días al año en Andorra, entre otros requisitos.

Aunque en el caso de los grandes creadores de contenido, este tipo de canales pueden llegar a ingresar más de 300.000 euros anuales y, por lo tanto, se les aplica el último tramo del IRPF del 48%, por lo que algunos de estos grandes creadores de contenido pueden preferir crear su propia empresa dependiendo de los beneficios fiscales que les suponga.

Independientemente del tamaño de su canal, los streamers deben emitir facturas a sus clientes de las que deben retener el IVA del 21% e ingresarlo a Hacienda, y si ser streamer es una actividad habitual, habrá que darse de alta como autónomo.

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