En la cámara de Diputados de Catamarca se presentó un proyecto de ley mediante el cual se otorga al Poder Ejecutivo la facultad de designar “en comisión” las vacantes que se producen en el Poder Judicial. Además, contempla emplazar a la Corte de Justicia a fin de que informe las vacantes en un plazo no mayor de 72 horas de ocurridas, a fin que sea el Estado provincial el que inicie de manera inmediata el proceso para la selección de jueces ante el Consejo de la Magistratura.
El proyecto es del diputado provincial por el Frente Justicialista para la Victoria (FJPV), Augusto Barros, quien en los fundamentos refiere que la creación del Consejo de la Magistratura (ley 5012) significó atenuar las facultades constitucionales del Poder Ejecutivo a la hora de seleccionar a los jueces o cubrir las vacantes producidas, pero que el artículo 218 de la Constitución Provincial determina que, producida la vacante, es de exclusiva potestad del Poder Ejecutivo enviar los postulantes al Senado para obtener, o no, su acuerdo.
Según explica Barros, en la actualidad la Corte es la que resuelve los interinatos hasta tanto se cumpla con el procedimiento llevado a cabo por el Consejo de la Magistratura, que en muchos casos han sobrepasado largamente los dos meses y se han extendido por años.
“Mientras tanto, ejercen las magistraturas los jueces que fueron puestos interinamente ‘en comisión’ por la propia Corte. A no dudar, en muchos casos han mantenido esa situación por lapsos injustificables, hasta que resuelven la participación del Consejo de la Magistratura”, denuncia Barros.
En esa línea, el legislador oficialista se pregunta por qué la Corte de Justicia debe tomarse las atribuciones de cubrir vacantes “en comisión” debilitando atribuciones gubernamentales y cuáles son las motivaciones que hacen que se demore la comunicación al Consejo de la Magistratura para dar inicio al procedimiento de selección de jueces.
Ante esta situación, el proyecto propone la modificación del artículo 24 de la ley 5012 para que la Corte de Justicia, en menos de 72 horas, informe de las vacantes judiciales y sea el propio Poder Ejecutivo el que comunique al Consejo de la Magistratura acerca de dichas vacantes judiciales existentes para que se active el mecanismo de selección de jueces y funcionarios judiciales.
Para evitar demora en el servicio de justicia, será el Ejecutivo provincial el que designe “en comisión” y en forma interina los funcionarios judiciales y jueces necesarios hasta tanto concluya el procedimiento de selección establecido en la ley 5012 y el correspondiente acuerdo del Senado. “Si no lo hiciere, en el plazo de dos meses indicado, la Corte de Justicia procederá a la designación de jueces interinos, comunicándola al Poder Ejecutivo”, concluye la iniciativa.
Sobre el mismo proyecto, la diputada provincial Cecilia Guerrero (FJPV) destacó: “A partir de nuestro desempeño en el Colegio de la Magistratura en representación de la cámara de Diputados, hemos advertido cuestiones que deben ser motivo de tarea legislativa”.
Asimismo, refiere que la Constitución Provincial establece las atribuciones del Poder Ejecutivo, entre ellas la facultad de designar funcionarios judiciales con acuerdo del Senado.
Por otra parte, Guerrero destaca que la Corte de Justicia no informa al Ejecutivo las vacantes en la Justicia y hace uso de sus facultades y designa jueces interinos.
“Nosotros entendemos que hay una obligación tácita de la Corte, que emerge de los artículos 218 y 149 de la Constitución Provincial: informar al Poder Ejecutivo la existencia de la vacante. Por lo tanto, hay una omisión de la cabeza del Poder Judicial de ese deber implícito”, mencionó.
Finalmente, la legisladora dijo a “Cae el telón”: “Creo que esto se va a zanjar mediante una propuesta legislativa que tienda a reglamentar la norma del artículo 218, porque entendemos que la falta de comunicación (…) impide el ejercicio de la atribución constitucional de proponer al Senado quiénes pueden ocupar cargos de funcionarios judiciales”.