La carrera electoral hacia el cuatro de junio para dirimir quién ejercerá el cargo Ejecutivo en el municipio de Ancasti tuvo una definición que sustancialmente hace peligrar la candidatura de Nancy Córdoba (FPV-PJ).
Sucede que ayer el juez Electoral y de Minas, Guillermo Cerda, definió que para el acto comicial extraordinario se aplique el padrón de este año, aunque con un corte de novedades de 150 días previos a la elección.
En este marco, con la disposición que oficializaría hoy el magistrado, se excluye a la hija del extinto exintendente Antonio «Gato” Córdoba por cuanto habría realizado el cambio de domicilio a principios de abril.
En este orden, Cerda explicó que se usará el padrón actualizado, puntualizando que el artículo 122 del la ley electoral «establece que el padrón se debe cortar hasta 150 días antes del comicio”, es decir «actualizado hasta el 6 de enero”.
Nancy Córdoba, Nancy Córdoba ancasti

Sobre el tema Córdoba y la candidatura de ésta, el juez expresó que «no estamos en la etapa de impugnación de candidatos”, rechazando alusiones de proscripción de candidaturas «porque no corresponde”.

A la vez, fue cauto evitando adelantar opinión sobre los requisitos de Córdoba, aunque mencionó que «ya ingresaron impugnaciones en contra”.
El juez apuntaló que al tratarse de una elección extraordinaria, «significa que se usan los artículos de la ley Electoral que indican cuándo se pueden producir dichos comicios, y por ese motivo los plazos se achican”.
«No habla nada del padrón que se utilizará”, agregó, motivo por el cual se aplica el principio general de la ley.
«Oficialmente puede haber alguna presentación impugnando el uso del padrón”, contempló Cerda, aclarando que sin perjuicio de ello «la elección sigue corriendo”.
«Es imposible trasladar la fecha de elección, aparte, la fecha la establece el Concejo Deliberante con un decreto del Intendente, y no podemos modificar una atribución de ese organismo”, expuso.
Posturas
Por su parte, el letrado Fernando Navarro dijo que «es el padrón 2017, como lo solicitó el FPV”.
Sobre la candidatura de Córdoba, remarcó que «es obvio que no cumple los requisitos, porque no figura en el padrón, tampoco los dos años de residencia”.
En cuanto a la posible proscripción aludida por el oficialismo, desglosó que «no se deja participar a una candidata cuando la ley lo autoriza, no cuando la ley establece las condiciones y la candidata no las cumple”.
En tanto, el apoderado del FPV-PJ Augusto Barros expresó que para este espacio el padrón tiene que ser con corte al cuatro de junio.
«Estamos en el escalón previo a la proscripción, no sólo del candidato sino de quienes no podrán ejercer el derecho de voto”, evaluó, acotando que «estamos rozando el prevaricato”.
Impugnarán
Desde el Partido Unión Celeste y Blanco -que aseguraron que es de orbe nacional- anticiparon presentarán dos impugnaciones para el caso, tanto a la candidata del FPV como al candidato del FCS-Cambiemos, Rodolfo Santillán, por domicilio ajeno a la localidad.
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