El decreto de creación de la Agencia de Recaudación Catamarca (ARCA), ente que
aglutina a tres organismos recaudatorios (Administración General de Rentas,
Administración General de Catastro y la Dirección del Registro de Propiedad
Inmobiliaria y Mandatos), tiene en su interior detalles de su funcionamiento. Para el
caso, el instrumento asegura que la Agencia será una entidad autárquica en el orden
administrativo y financiero y contempla el pago de adicionales para los agentes de las
tres reparticiones unidas.
El decreto indica que la Agencia “dispondrá de una Cuenta Incentivo”. En la misma
se acreditará “el porcentaje a determinarse por el Poder Ejecutivo -en principio, a
través del ministerio de Hacienda Pública- del importe de la recaudación fiscal de los
tributos provinciales a cargo de la misma para su distribución entre el personal que
preste servicios efectivos al momento de su percepción, incluyendo al director
Ejecutivo y al personal jerárquico”.
A la vez, este “adicional” es “conforme a un sistema que pondere la situación de
revista, el rendimiento y la eficiencia de cada nivel y de cada uno de los agentes en
base a parámetros objetivos de medición, los que serán aprobados por el ministerio
de Hacienda en cada Compromiso de Gestión suscripto anualmente”.
Más adelante, el instrumento señala que se asegurará “al personal proveniente de los
organismos que pasen a formar parte de la Agencia el reconocimiento de la
antigüedad en el sector público provincial”, como también “el mantenimiento de su
retribución, existente para cada uno de los niveles y jerarquías al momento de la
puesta en vigencia de la Agencia”.
Incluso deja abierta la opción de que el director del ARCA pueda abrir “un período de
opción para incorporación voluntaria de agentes provenientes de otras áreas del
Estado provincial en caso de juzgarlo necesario”.
En otro artículo, el decreto explica que “el incentivo resultante de la distribución
prevista no podrá en ningún caso ser inferior a los adicionales que perciben en cada
nivel y jerarquía los empleados de los organismos” que conforma la Agencia. Todo
ello “al momento de entrada en vigencia” el decreto de creación.
Para cumplimentarlo, explica que se “mantendrá la actual fórmula de cálculo de
dichos adicionales y el tope mínimo mensual de cada nivel, para el nuevo incentivo
que será percibido por los empleados de la nueva entidad recaudadora”. Así las
cosas, acota que la continuidad del cálculo “tendrá una vigencia de seis meses,
prorrogable por igual lapso”.



