Finalmente, la empresa Minera Alumbrera retomará las actividades que realiza en los dos yacimientos en los que opera, es decir, en Bajo La Alumbrera y Bajo El Durazno.
Sucede que ayer el magistrado federal subrogante Ricardo Moreno dispuso levantar la cautelar emitida por la Cámara Federal tucumana, la cual suspendía transitoriamente las operaciones por parte de la firma hasta que se presente el seguro de caución y se realicen las pericias.
De acuerdo a lo señalado por fuentes judiciales consultadas, Moreno solicitó su inhibición en la causa, pero desde la cámara tucumana se rechazó este planteo.
En principio, según explicaron, la negativa se dio puesto que el magistrado Juan Carlos Reynaga no se encontraba en la provincia.
El juez tomó en consideración las resoluciones emitidas por la secretaría de Minería de la provincia al ser este estamento del Estado el órgano de aplicación.
En este orden, rescató resoluciones emanadas desde la Secretaría, las cuales tienen que ver con los requisitos para la presentación de los informes de impacto ambiental, los requisitos para el monitoreo de agua, suelo y aire y la guía de presentación para los programas de control de riesgos técnicos o ambientales.
Sucede que estos actos administrativos «complementan los requisitos para la presentación de los informes de impacto ambiental y los controles que deben realizarse a las empresas que desarrollan la actividad” en Catamarca.
El magistrado señaló los controles técnicos por parte de la dirección provincial de Gestión Ambiental Minera en medidas «necesarias para la protección del medio ambiente” a través de 13 resoluciones emitidas.
Indicó que, en principio, «la actividad minera llevada a cabo por las demandadas ha sido objeto de controles periódicos”, puesto que ello surge de las diversas «resoluciones aprobatorias de los informes de impacto ambiental y sus actualizaciones bianuales”.
«La medida precautoria cuestionada se ha tomado teniendo en cuenta un informe pericial del 2008, que se origina en una tesis del 2002, con información de 1999, circunstancia por la cual no reflejaba la situación actual de la actividad”, explica el fallo.
En cuanto al seguro de caución por el posible daño ambiental, Minera Alumbrera presentó prueba documental sobre seis pólizas. Los montos variaban, siendo la menor por $8.037.238 y la mayor por $28.016.794. 
«Si la cautelar estaba condicionada a la contratación de un seguro de caución, de la documental analizada dicha exigencia fue cumplida”, por lo cual «se hace procedente el levantamiento de la medida peticionada”, aclara.
En tanto, se refiere a la exigencia de realizar informe pericial en el lugar para determinar la posible contaminación y degradación del medio ambiente.
En este sentido, se dispuso «de inmediato la designación de personal técnico de Gendarmería Nacional a efectos de la toma de muestras, con el debido control de partes, la que debe realizarse en un término de 20 días”.
Finalmente, resolvió levantar la cautelar dejando sin efecto el pedido de suspensión inmediato de la actividad minera. A la vez, autorizó de forma inmediata a la empresa a que reanude la actividad.
La empresa ya reanudó sus operaciones
A través de un comunicado oficial de Minera Alumbrera, se aseguró que en el día de ayer «comenzó a normalizar su actividad minera luego de la suspensión de sus operaciones que había comenzado a implementarse el lunes 24”.
Esto se dio tras la resolución del Juzgado Federal de Catamarca, luego de considerar documentación aportada por la Provincia y por la empresa.
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