La Justicia decidió hacer lugar a la medida cautelar que había sido solicitada tras el Decreto 116/2025 – que buscaba transformar al Banco Nación en una Sociedad Anónima – y suspendió los efectos de dicha medida. El fallo fue firmado por el juez Alejo Ramos Padilla e interrumpió las modificaciones por el plazo de al menos seis meses.
Anteriormente se había dispuesto una medida cautelar interina tras un planteo de la Asociación Bancaria, el gremio que reúne a los empleados del sector y que es encabezado por Sergio Palazzo.En el fallo, el magistrado consideró que cualquier modificación en la estructura jurídica del Banco Nación debe realizarse en el Congreso, ya que se trata de una entidad autárquica que fue creada a través de una ley. De esta manera detalló: “El Banco de la Nación Argentina es una entidad cuya creación compete al Congreso Nacional. Por lo tanto, es este poder el único que puede revocar su carácter”.
Dicho Decreto es el que permanece sin efecto, al menos, por los próximos seis meses.El fallo de Ramos Padilla destacó que la Carta Orgánica del Banco Nación, aprobada por la Ley 21.799, establece que “el Banco de la Nación Argentina es una entidad autárquica del Estado, con autonomía presupuestaria y administrativa. Se rige por las disposiciones de la Ley de Entidades Financieras, de la presente ley y demás normas legales concordantes”. Además, el juez recordó a esta entidad “no le serán de aplicación las normas dispuestas con carácter general para la organización y funcionamiento de la administración pública nacional”.