Ayer tomó estado parlamentario en Diputados la hoja de ruta para el 2023 que
tendrá el Gobierno en cuanto a fondos. En otras palabras, el Presupuesto de
gastos y recursos de la Provincia, que en comparación a la ley de leyes vigente
sancionada a finales del año pasado, cuenta con un incremento del 125 por ciento.
Sucede que en la iniciativa se estimaron más de $453 mil millones para el ejercicio
fiscal del año próximo mientras que para el actual fueron proyectados más de
$201 mil millones. Aparte, el último artículo de la iniciativa establece un “régimen
de movilidad” para empleados públicos estatales.
En primer lugar, se debe señalar que para el 2023 se estimaron fondos por
$453.262.190.993 mientras que los recursos que fueron proyectados para este
año fueron $201.512.946.139. Es decir, una diferencia a favor de
$251.749.244.854. Además, la ley de leyes estima un resultado financiero
deficitario por más de 10.454 millones de pesos. En este orden de ideas,
calculados las fuentes de ingresos y realizadas las deducciones, la Provincia
necesitará un financiamiento para el año que viene en el orden de los $19.813
millones. Cabe señalar que para este año las necesidades de financiamiento
fueron por $12.252 millones.
En cuanto al número de personal estatal en planta permanente se estipula un leve
incremento. De los 47.154 establecidos dentro del Presupuesto vigente escala a
los 47.168. Apenas 14 nuevos trabajadores estatales con estabilidad. Como
contracara están los fríos números de las personas con cargos en la planta no
permanente, segmento que sí tiene un marcado aumento en términos reales. De
los 6.614 previstos para este año, se calculó elevarlos a 6.906, unos 292 estatales
transitorios más.

Raul Jalil, Francisco Mercado, presupuesto 2023
Raul Jalil, Francisco Mercado, presupuesto 2023

En la comparativa de los Presupuestos se marca una disminución en la cantidad de horas cátedra tanto del personal docente de planta permanente como
temporaria. Para los primeros baja de 230.123 horas a 193.665; para los segundos se disminuye de 22.483 a 5.300 las horas cátedra.
Por otra parte, dentro del articulado del Presupuesto 2023 se agregó un párrafo al artículo 19 que en la ley presupuestaria vigente no estaba. En el mismo se autoriza “de manera excepcional, la registración extrapresupuestaria de las partidas pendientes de imputación incluidas en las conciliaciones bancarias de Tesorería General de la Provincia correspondientes a débitos y créditos de ejercicios anteriores”.
Al igual que el año pasado, el proyecto de Presupuesto para el ejercicio 2023
faculta al Ejecutivo a tomar préstamos con Nación, las provincias y municipios y/o
entidades financieras y/u organismos descentralizados, provinciales, nacionales e
internacionales. También incluye la emisión y colocación de títulos públicos, bonos
u obligaciones de mediano y largo plazo. La diferencia es en cuanto al monto
habilitado. Para este año el tope fue de 12.300 millones de pesos (o su
equivalente en otra moneda) mientras que para el próximo año el tope es de
$19.813 millones. Ahora bien, en el caso de contraer deuda mediante la emisión
de Letras del Tesoro, se contempla un límite de 12.000 millones de pesos.
Régimen de movilidad para estatales
Dentro del proyecto de Presupuesto para el 2023 existe una particularidad que la
ley de leyes vigente no contemplaba: “Un régimen de movilidad para los
empleados públicos de planta permanente, con excepción del personal docente,
que se desempeñan en cualquiera de los tres poderes del Estado Provincial y el
Tribunal de Cuentas”.
En este sentido, la iniciativa detalla que los estatales provinciales “tendrán derecho
a gozar del régimen de movilidad, siempre que no se afecten necesidades del
servicio” y estipula tres condiciones.
La primera, prestar su consentimiento expreso; la segunda, “contar con la
autorización de la autoridad máxima de cada poder, previo informe y visto bueno
de los titulares de los organismos de origen y destino respectivamente”. La tercera
condición es que “cada poder del Estado o el TC, según el caso, garantizará como
mínimo la remuneración de origen del agente bajo su dependencia
presupuestaria”.

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