Regular un aspecto judicial es lo que busca un proyecto presentado por la diputada provincial del Frente Justicialista para la Victoria (FJPV) Cecilia Guerrero.
Al iniciar la fundamentación, la legisladora sostiene que la “participación ciudadana en la administración de Justicia carece de regulación específica en nuestro ordenamiento procesal local y, por tanto, no ha sido implementada en los tribunales ordinarios”.
Asimismo, menciona que la Corte Suprema de Justicia de la

Diputada Provincial Cecilia Guerreo, Cecilia Guerrero

Nación “ha sido proclive a considerar la figura del ‘Amicus Curiae’, o ‘amigos del tribunal’, como  un instrumento provechoso y apropiado destinado a permitir la participación ciudadana en aquellas causas que se tramiten ante el alto tribunal, siempre que se ventilen asuntos de trascendencia institucional o que resulten de interés público”.
“Se trata de instrumentar un mecanismo procesal idóneo que permita a personas e instituciones no vinculadas al proceso constituirse como partes litigantes, a realizar aportes valiosos en cuestiones de interés para la comunidad, con la finalidad de ilustrar al tribunal, con carácter de colaboración no vinculante”, destacó.
También remarca que esta figura judicial “permitirá la apertura del Poder Judicial a la comunidad, con lo que se promueve una verdadera democratización en la administración de Justicia, y que además puede enriquecer el debate sobre temas esenciales, con una mayor pluralidad”.
Luego Guerrero expresa que incorporar el “Amicus Curiae” en el ordenamiento provincial propiciaría un “avance cualitativo, que permitirá profundizar la participación ciudadana y la democratización en ámbitos de la administración de la Justicia local”.

Articulado 

En cuanto al articulado, la legisladora indica que “la presente ley tiene por objeto regular las condiciones y el procedimiento para la presentación en juicio de personas que invoque la calidad de Amicus Curiae ante la Corte de Justicia”, agregando que “toda persona humana o jurídica que no sea parte en una causa judicial y reúna las condiciones establecidas en la presente ley puede presentarse ante la Corte de Justicia de la Provincia en calidad de Amicus Curiae”.
En cuanto a la procedencia, Guerrero dice: “La presentación en juicio en carácter de Amicus Curiae solo será procedente, tanto en causas correspondientes a la competencia originaria de la Corte de Justicia o por recursos interpuestos que deba resolver dicho Tribunal”.
Mientras, el proyecto fija límites del Amicus Curiae, ya que no podrá “introducir hechos ajenos a los tomados en cuenta al momento de trabarse la litis, o que hayan sido admitidos como hechos nuevos”.
Guerrero concluye el proyecto manifestando que “el Estado provincial, las municipalidades, sus organismos descentralizados o autárquicos y las empresas del Estado provincial, cualquiera sea su forma de constitución, pueden intervenir en los juicios en que no sean partes en calidad de Amicus Curiae”.

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