En el marco de la emergencia, el Congreso delega en el Ejecutivo una serie de facultades que entre otras cosas le permitirán avanzar en una reforma del Estado y renegociar o rescindir contratos de obras públicas, entre otras funciones, sin pasar por el Congreso aunque si deberá informar de manera mensual las acciones realizadas con las facultades delegadas. Además, se dispone que los decretos dictados por el Gobierno en el marco de la emergencia deberán ser controladas por una comisión bicameral.
Otros cambios que se reglamentaron este lunes en el Boletín Oficial
– Se declara como sujetas a privatización a las empresas públicas Yacimientos Río Turbio, Energía Argentina (Enarsa) e Intercargo. A la lista también se suma Aysa, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria, y Corredores Viales S.A en condición, como pasibles de “privatización o concesión”.
– “Procedimiento administrativo”: contiene temas relacionados a las concesiones y recisión de contratos de obras públicas. También eventuales acciones judiciales de empleados públicos y normas sobre la ejecución de contratos con el Estado.
– Se reglamentó el capítulo 4, que se encuentra concentrado en el empleo público, con la previsión de nuevos recortes en la plantilla estatal. Implica un marco regulatorio que alcanzará a alrededor de 180 mil empleados (incluyendo los de planta transitoria y aquellos con estabilidad plena), con un plazo máximo de un año para encontrar un nuevo puesto, tras lo cual podrían ser desvinculados con derecho a indemnización.