El Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suscribieron en diciembre pasado un acuerdo para poner en práctica el Libro Sueldo Digital y Jornales (LSDJ) en todo el ámbito de la provincia de Catamarca.

En tal sentido, a través de la Resolución M.T.P. y R.H. Nº16/23, el Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos, aprobó el Sistema Digital para la presentación mensual del “Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Provincia de Catamarca”, establecido en el artículo 52° del Régimen de Contrato de Trabajo, para que los empleadores de toda la provincia realicen sus presentaciones y cumplan su deber de rúbrica ante la DPIL, de forma electrónica, a través de la página de AFIP con CUIT y Clave Fiscal.

De esta manera, a partir del primero de febrero, los empleadores podrán emitir el libro de la Ley de Contrato de Trabajo en forma digital en base a la información de las liquidaciones de sueldos ingresadas y generar la Declaración Jurada de Seguridad Social.

La ministra Verónica Soria resaltó la importancia en la simplificación de trámites para empleadores que significa la digitalización del Libro de Sueldos: “A través de una única carga de datos en el Sistema de AFIP, que resulte compatible con la rúbrica de los Libros de Sueldos y Jornales ante el organismo provincial de Inspección Laboral, y permita optimizar las acciones de inspección y fiscalización en materia de registración laboral de los trabajadores”.

Reglamentación de la Ley Provincial 5789 para la condonación de multas 

Por otro lado, mediante Resolución M.T.P. y R.H. Nº1094/22, el Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos dictó normas complementarias a la Ley 5789 que estableció la Condonación de multas a empleadores infractores del deber formal de rúbrica del “Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Provincia de Catamarca” ante la Dirección Provincial de Inspección Labora (DPIL), por obligaciones vencidas al 31 de diciembre de 2022, estableciendo la regularización de las mismas a través del servicio Trámites a Distancia (TAD), en el sitio web www.tad.catamarca.gob.ar, las que podrán cumplimentarse hasta el 31 de marzo de 2023.

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