El diputado provincial por el FCS – Cambiemos  Francisco Monti presentó un proyecto para que los senadores por Catamarca en el Congreso Nacional modifiquen o rechacen la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazó (IVE), apuntando a que en el Título II del proyecto con media sanción de la cámara baja de la Nación “establece disposiciones que invaden las competencias y potestades de Catamarca en materia de Salud Pública”.
Además, dentro de la fundamentación, Monti recalca que “es propio de la Legislatura provincial verter opinión en torno a las potestades propias que Catamarca no ha delegado” y que “una eventual aprobación -de la ley IVE- surtiría el efecto de invadir competencias provinciales”.
Tras la mencionada presentación, mediante un comunicado de prensa, la diputada provincial Adriana Díaz (FJPV – PI) manifestó que existen “sinsentidos y cuestiones infundadas  que  el legislador Francisco Monti no pudo profundizar”.
En sus argumentos, Díaz señaló: “El legislador dice que ‘el proyecto IVE invade las competencias y potestades  de Catamarca en materia de Salud Pública’ alegando, entre otras cosas, que ‘se pretende imponer a las provincias, sin consulta alguna, sobre sus capacidades presupuestarias, los gastos vinculados a la implementación de la ley en caso de aprobarse’. Debo decir que el proyecto de IVE posibilita el ejercicio de un derecho a partir de su reconocimiento con un rostro de mujer real y concreta”.

Adriana Díaz, Diputada Adriana Díaz

“Hay que resaltar que el proyecto IVE permite que las provincias reglamenten el tema, acomodando su funcionamiento a su realidad sociocultural, por lo que mal podríamos sostener que exista una intromisión del Congreso Nacional en las finanzas de nuestra provincia. De aceptar este razonamiento, ningún nuevo derecho consagrado por una ley del Congreso sería viable por falta de presupuesto. Un absurdo”, remarcó  la diputada.
Por otra parte, Díaz expresó que “el derecho de las mujeres al acceso a la salud está consagrado por los tratados internacionales de Derechos Humanos, con jerarquía constitucional, consagrados en el art 75 inc. 22 de nuestra Constitución Nacional”.

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